Agencias | La Prensa del Táchira.- En un hecho sin precedentes, el Tribunal Supremo de Turquía determinó que un simple 'me gusta' a la foto de una persona del sexo opuesto en redes sociales es una acción que socava la confianza marital.
Por consiguiente, tal comportamiento se considera una grave causal de divorcio por like, según lo reportado por diversos medios locales de prensa.
El caso tiene origen en la ciudad de Kayseri, donde una pareja presentó una demanda de separación legal después de serias disputas conyugales. La esposa alegó que su marido no contribuía con los gastos del hogar familiar, y además, que su práctica de dar 'likes' a imágenes de otras mujeres era una clara infracción a la obligación de fidelidad. Por su parte, el hombre se defendió, afirmando que su cónyuge era extremadamente celosa.
Causal de Divorcio por Like
El Juzgado de Familia de Kayseri consideró al esposo como la parte con culpa grave en la ruptura del matrimonio y decretó el divorcio de la pareja. En efecto, el fallo inicial otorgó a la mujer una pensión alimentaria y una compensación económica y moral que sumaba cerca de 2.000 dólares.
El tribunal rechazó completamente las reclamaciones de indemnización que el hombre había presentado contra su esposa. No obstante, el marido apeló la decisión, buscando anular la sentencia, pero sin éxito alguno en esa instancia.
Un Tribunal Regional de Apelación reafirmó con firmeza la culpabilidad del hombre, ya que sus acciones minaron severamente la confianza requerida para el vínculo conyugal. Incluso, el tribunal aumentó la pensión mensual que se había otorgado inicialmente a la mujer.
Finalmente, el Tribunal Supremo turco, la máxima instancia judicial de la nación, confirmó por unanimidad la histórica sentencia, lo cual solidifica su posición.
La decisión final establece formalmente el acto de aprobar contenido ajeno en plataformas digitales como una causal de divorcio por like.
De esta manera, este dictamen ha sentado una nueva base jurídica con gran repercusión en las dinámicas de pareja y la vida digital.
El fallo subraya la importancia de la conducta digital de los cónyuges, puesto que debe ser consecuente con los deberes de respeto y lealtad matrimonial.
Por lo tanto, la implicación directa es que las interacciones en redes sociales ahora tienen peso legal en el contexto de un proceso de disolución matrimonial. El caso resalta la manera en que la jurisprudencia se adapta a los nuevos conflictos surgidos de la era de la conectividad.
El dictamen tiene un alto impacto social, si bien puede generar controversia entre diversos sectores de la población. La resolución final deja claro que la intimidad digital está bajo el escrutinio de la ley.
Asimismo, la decisión del Supremo turco podría influir en futuras legislaciones de otros países con situaciones legales similares.
Fuente informativa: RDN
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