Redacción | La Prensa Táchira.- Las comunidades de Pirineos y sectores aledaños como Barrio Sucre, Pueblo Nuevo y Santa Teresa del municipio San Cristóbal, alertaron que algunos líderes de calle, estaban fotografiando a jóvenes y personas mayores que se encontraban "protestando pacíficamente con consignas y cacerolas", en desacuerdo a los resultados emitidos por el Consejo Nacional Electoral (CNE), el pasado 28 de julio en la elección presidencial.
Varios vecinos manifestaron ser víctimas de persecución desde el día 29 de julio, y aseguran que, en la plataforma Telegram, se han creado varios grupos conformados por simpatizantes, en el que se exponen rostros, información privada y datos personales como nombre completo y ubicación de personas que han mostrado desacuerdo en marchas y protestas acaecidas desde el 28 de julio.
Acciones que según los mismos ciudadanos, comprometen su integridad y representan un peligro, pues "la finalidad de la creación de estos grupos fomenta a la persecución y el amedrentamiento por parte de grupos externos"
"Al escribir la palabra guarimbas o guarimberos, se puede apreciar la cantidad de grupos que se han creado a nivel nacional y donde exponen sin ningún argumento, a personas", denunció un usuario de la plataforma.
De igual manera, alegan que en dichos grupos exponen a menores de edad y a adultos mayores, por lo que consideran importante que este caso se haga público, pues sugieren que la única manera de contrarrestar esta situación, es realizando reportes y denuncias masivas a estos grupos de Telegram, para que los moderadores tomen medidas al respecto y así evitar que terceros tomen represalias contra la integridad y la vida de los ciudadanos.
Cabe destacar que la Ley sobre Protección a la Privacidad de las Comunicaciones, en su artículo cinco establece que, quien "perturbe la tranquilidad de otra persona mediante el uso de información obtenida por procedimientos condenados por esta Ley, creando estados de angustia, incertidumbre, temor o terror, será castigado con prisión de seis (6) a treinta (30) meses".
Asimismo el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes: "se prohíbe exponer o divulgar, a través de cualquier medio, la imagen de los Niños Niñas y Adolescentes contra su voluntad o la de su padre, madre, representantes o responsables.
Siendo así, la exposición y divulgación de datos, imágenes o informaciones a través de cualquier medio que vulneren a los niños y adolescentes, también será un motivo de pena ante la ley.
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