Agencia | LA PRENSA DEL TÁCHIRA.- El próximo 28 de julio los ciudadanos saldrán a ejercer su derecho al voto en la décimo sexta elección presidencial de Venezuela. Los venezolanos elegirán al próximo presidente de la República para el período 2025-2031.
Sin embargo, hay algunas normativas explícitas en el reglamento del ente comicial, como la Ley Orgánica de Procesos Electorales, así como normas mínimas de los centros de votación, que deben ser tomadas en cuenta, para no perder dicho derecho.
En el título IX referente al acto de votación de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, en su artículo 128, se explica claramente que el elector no puede pasar a la zona de la máquina de votación acompañado.
Evidentemente, esta normativa tiene su excepción. Las personas analfabetas, de la tercera edad, invidentes o con cualquier otra discapacidad que impida su desenvolvimiento solo, podrán ir con una persona de su confianza, hasta la máquina de votación para ejercer su derecho de manera asistida.
Los ciudadanos que sirven como ayuda a los votantes que necesitan ayuda, no podrán asistir a una segunda o tercera persona.
En cada centro de votación se giran instrucciones sobre normas y códigos de vestimenta, que son recomendables seguir al paso.
El uso de vestimenta alusiva a cualquier partido político al momento de sufragar está prohibida. Esto amparado en las regulaciones del título VII de la Ley orgánica del Sufragio y Participación Política, concerniente a la campaña electoral.
Por otra parte, el uso de ropa considerada no adecuada para el evento electoral, como short, faldas cortas, franelillas, escotes y otros, es recomendable no utilizarla al momento de ingresar al centro de votación.
Otros utensilios que están prohibidos son cascos y lentes oscuros.
El artículo 129 habla específicamente sobre la prohibición a nivel nacional de la tenencia de armas de fuego o armas blancas. Solamente están autorizados en todo el territorio para portar armas durante la jornada de votación, a los efectivos militares y policiales adscritos al Plan República.
El artículo 130 prohíbe la venta y consumo de bebidas alcohólicas en todo el territorio nacional. El artículo 131 habla sobre la prohibición de reuniones y espectáculos públicos, los cuales quedan suspendidos por un lapso no menor a 24 horas antes y después del proceso de votación.
Destruir o llevarse material electoral
Es importante que tenga en cuenta que el material electoral, como boleta, ticket o cuadernos, no pueden ser sustraídos del centro de votación y mucho menos destruidos. Esto puede terminar en una sanción penal.
Fuente informativa: RDN Venezuela
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