Agencias | La Prensa del Táchira-.El reglamento de la Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social fue publicado en Gaceta Oficial. En esta estipula el porcentaje fijo que deberán pagar las empresas.
A través del decreto 4952 se establece como monto de la contribución especial prevista en la Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social frente al Bloqueo Imperialista el nueve por ciento (9%) del total de los pagos realizados por el contribuyente a las trabajadoras y trabajadores, de conformidad con la referida Ley.
También se exoneran del pago de la contribución especial dispuesta en la Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social frente al Bloqueo Imperialista a los emprendimientos debidamente registrados ante el Registro Nacional de Emprendimientos (RNE).
En el artículo 3° se establece que los beneficiarios de la exoneración prevista en este decreto no estarán sujetos al deber formal de declarar los pagos realizados a las trabajadoras y trabajadores, durante la vigencia del beneficio.
Según el artículo 4°. El plazo máximo de duración del beneficio de exoneración establecido en este Decreto será de un (1) año, contado a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Fuente informativa: Descifrado
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