En presencia nuevamente de como los organismos del Estado venezolano se han degradado a ser unas instancias para forjar decisiones que le interesen a la revolución, sin importar que sea violatoria de la norma constitucional, así tenemos que la inhabilitación política en Venezuela procede bajo ciertos requisitos que deben ser cumplidos. El artículo 105 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, "la inhabilitación política puede ser aplicada a aquellos ciudadanos que hayan sido condenados por delitos cometidos durante el ejercicio de un cargo público o por la comisión de delitos de corrupción"
De conformidad a la norma, María Corina Machado, no es funcionaria pública ni está sometida a investigación por hechos de corrupción. Por tanto la Contraloría General de La República no puede establecer inhabilitaciones políticas liquidando el derecho de participación política.
La degradación del organismo es de tal suerte que el que hace pública la información es un militante político, esto es no es funcionario de rengo de la Contralor, lo que dibuja la poca seriedad del organismo.
Por otro lado además, la inhabilitación política puede ser impuesta por sentencia firme de un tribunal competente, luego de un proceso judicial en el cual se haya garantizado el debido proceso y la defensa del acusado, y esto no ha sucedido en razón de que MCM no tiene investigaciones ni procesos judiciales abiertos.
A manera de ilustración se debe indicar que la inhabilitación política puede afectar tanto el derecho a ejercer cargos políticos o públicos como el derecho al sufragio, es decir, el derecho a votar y ser votado.
La inhabilitación política es una pena accesoria a una principal, sin pena principal no puede existir pena accesoria, y es el caso de MCM, no tiene investigación principal ¿de dónde le puede surgir la pena accesoria? Solamente de una arbitrariedad de la revolución gobernante.
¿Por cuál razón el gobierno procede de esta manera? Están derrotados, el oficialismo es minoría y apelan a mecanismos nada democráticos, nada legales y muy inconstitucionales para sacar del paso a quien le ganara por abrumadora mayoría.
Esta violación de derechos políticos considerados igualmente derechos humanos fundada en razones de orden político, constituyen delitos de lesa humanidad, que se le sumarian al expediente que contra Maduro corre en la Corte Penal Internacional, en momentos cuando en las negociaciones bilaterales entre el gobierno de Bidem y Maduro se estaban concretando preacuerdos, esto representaría un severo revés para Maduro.
El gobierno de los EEUU estaba considerando entregar a Alex Saab a cambio de Tareck el Aisami junto a 9 americanos presos, esto para levantar las sanciones con la exigencia de parte de los americanos de levantar las inhabilitaciones a los políticos venezolanos y elecciones.
La decisión de la inhabilitación de MCM echara para atrás todo lo adelantado, en razón que no aceptaran que se levanten las inhabilitaciones para unos y a su vez Maduro imponga inhabilitaciones a otros.
Todo esto en la ruta del enjuiciamiento de Maduro por parte de la CPI.
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