La autoridad del Seniat precisó que se mantiene el deber de actualizar el RIF en algunos casos

Crédito: Agencias

La autoridad del Seniat precisó que se mantiene el deber de actualizar el RIF en algunos casos

Seniat elimina fecha de vencimiento del RIF y aclara cambios en facturación

Redacción| La Prensa del Táchira.- El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) aprobó una modificación en la providencia que regula el Registro de Información Fiscal (RIF), mediante la cual se elimina de forma definitiva la fecha de caducidad de este documento.

La medida fue informada este viernes por el superintendente del organismo, Román Maniglia, a través de su cuenta en Instagram, donde muestra la publicación de la Gaceta Oficial del 12 de agosto. 

El funcionario explicó que la decisión se tomó tras someter la normativa a rigurosos análisis legales y técnicos, determinando que la renovación periódica obligatoria resultaba innecesaria. Pese a la eliminación del plazo trienal, Maniglia precisó que se mantiene el deber de actualizar el RIF en algunos casos.  

¿CUÁNDO SE DEBE ACTUALIZAR EL RIF? 

Lo que se aclaró, es que la medida establece un cambio importante en la vigencia del RIF, al eliminar su fecha de vencimiento y mantener la obligación de los contribuyentes de actualizar sus datos solo cuando se produzcan modificaciones en su información. 

Fuente: Caraota digital 

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